Plaza Cívica
Educación municipal

Horas PIE de trabajo colaborativo cuentan para la titularidad docente municipal

La Contraloría resolvió que las tres horas semanales de trabajo colaborativo del Programa de Integración Escolar forman parte de la función docente y cuentan para la titularidad de la ley N° 21.176. La Municipalidad de Pucón debe reconocerlas y pagar las horas adeudadas.

Fecha del oficio:

Edificio de la Municipalidad de Pucón, de madera y piedra con techos de dos aguas, junto a una vereda arbolada.
Foto: Elemaki / Wikimedia Commons, CC BY 3.0 · Imagen ilustrativa · Fotografía original

Las tres horas del programa

El decreto N° 170, de 2009, del Ministerio de Educación, asigna a los profesores de educación regular tres horas cronológicas semanales para planificar, evaluar y hacer seguimiento del Programa de Integración Escolar (PIE). Las orientaciones técnicas del ministerio señalan que esos docentes «deben contar con un mínimo de 3 horas cronológicas semanales para desarrollar trabajo colaborativo».

Titularidad de la ley N° 21.176

La ley N° 21.176 otorga la titularidad de las horas de extensión a contrata a los profesionales de la educación titulares en un mismo municipio, corporación municipal o servicio local de educación, con al menos cuatro años continuos o seis discontinuos de desempeño y treinta horas de titularidad. El oficio recuerda que el legislador no limitó ese beneficio a la docencia de aula: los docentes contratados para el PIE también acceden a él si cumplen los demás requisitos.

El caso de Pucón

Dos docentes titulares de la Municipalidad de Pucón tenían designaciones a contrata por tres horas con cargo al PIE durante más de cuatro años continuos, y el municipio dejó de pagarlas desde marzo de 2025. La Contraloría acogió ambos reclamos, porque esas horas «forman parte de la función docente propiamente tal», y ordenó a la municipalidad reconocerlas formalmente para la titularidad y regularizar las adeudadas entre marzo y mayo de 2025.

Criterios anteriores

El pronunciamiento aclara que los dictámenes previos sobre horas PIE y titularidad docente se emitieron bajo un marco normativo distinto al de la ley N° 21.176, por lo que no resultan directamente aplicables a estos casos.